MANUAL
CAPÍTULO IX
ARTÍCULO 19. Conformación del Consejo Directivo
El Consejo Directivo del Colegio Pequeños Exploradores, está conformado por:Dos representantes de los docentes
Dos representantes de los padres de familia
Un representante del sector productivo de la región.Haber demostrado buen rendimiento académico.
Manifestar sentido de pertenencia institucional.
Demostrar excelente comportamiento.
Presentar un proyecto de gestión.ARTÍCULO 21. El Consejo Académico
El Consejo Académico tiene a su cargo el estudio, ajuste e implementación del horizonte institucional y del currículo a fin de que se adapte a las circunstancias del contexto, a los adelantos culturales, científicos y tecnológicos que necesita el educando para desenvolverse en el mundo de hoy.
ARTÍCULO 22. Composición del Consejo Académico
El Consejo Académico estará integrado conforme a lo establecido en los Artículos 145 deCAPÍTULO X
1. Personero(a) estudiantil
. 2. Consejo de Estudiantes
3. Comisión de Evaluación y Promoción
4. Asociación de Padres de FamiliaARTÍCULO 24. Condiciones para ser Personero Estudiantil
1. Ser estudiante del Grado Quinto de primaria
2. Ser estudiante modelo, responsable y disciplinado.
3. Demostrar excelentes logros académicos.
4. Tener sentido de identidad y pertenencia institucional.
5. Demostrar capacidades de liderazgo positivo
6. Inscribir su nombre en la fecha, sitio y hora señalados
7. Presentar plan de trabajo con metas alcanzables
8. No tener antecedentes disciplinarios.
ARTÍCULO 25. Funciones del Personero Estudiantil
Las funciones del Personero Estudiantil serán las siguientes:
1. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes
2. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los educandos sobre lesiones a sus derechos y las que formule cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los estudiantes.
3. Presentar ante el rector las solicitudes que considere necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes.
4. Cuando lo considere necesario, apelar ante el Consejo Directivo las decisiones del rector respecto a las peticiones presentadas por su intermedio.
ARTÍCULO 27. El Consejo de Estudiantes
Es un órgano colegiado que tiene por objeto asegurar y garantizar el continuo ejercicio de la participación democrática por parte de los educandos. (Decreto 1860 de 1994, Art. 29).
1. Ser estudiante del Colegio Pequeños Exploradores de Tunja.
2. Ser estudiante modelo, cumplidor de sus deberes y defensor de sus derechos.
3. Demostrar, con sus actitudes y expresiones, sentido de identidad y pertenencia institucionales
4. Capacidad de liderazgo positivo en la toma de decisiones
5. Inscribir su nombre, dentro de los términos fijados por el Colegio para la elección
6. Presentar un plan o programa de trabajo con metas realizables.
ARTÍCULO 29. Funciones de Consejo de Estudiantes
Las funciones del Consejo de Estudiantes serán las siguientes
1.Elaborar su propio reglamento
2. Elegir el representante de los estudiantes al Consejo Directivo, entre los estudiantes que se encuentran cursando grado quinto
3. Impulsar el estudio, asimilación y cumplimiento del Manual de Convivencia
4. Recibir las iniciativas y sugerencias de los estudiantes que propendan por la formación integral
5. Comunicar en forma veraz y oportuna a sus compañeros lo tratado en las reuniones del Consejo de Estudiantes
6. Demostrar y promover sentimientos de orgullo, amor y pertenencia a la Institución
7. Realizar campañas de urbanidad y civismo que impulsen el respeto y la sana convivencia, dentro y fuera del colegio
8. Colaborar con las diferentes actividades que realiza el Colegio con miras a la formación integral de los educandos
9. Liderar y promover actividades en beneficio del curso que representa
10. Presentar informes mensuales sobre su gestión ante el rector y los Profesores.